Problemas fundamentales de la atención materna en Estados Unidos
Esta declaración se elaboró en respuesta a los graves y persistentes problemas relacionados con la atención materna en Estados Unidos, entre los que se incluyen:
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Estados Unidos es el único país industrializado y rico que no garantiza el acceso a la atención sanitaria básica a todas las mujeres embarazadas y a los lactantes. Muchas mujeres, especialmente aquellas con bajos ingresos, carecen de acceso a una atención materna adecuada.
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Numerosos estudios científicos demuestran que muchas prácticas de atención materna ampliamente utilizadas, que conllevan riesgos y molestias, no aportan ningún beneficio a las mujeres y los bebés de bajo riesgo. Por otro lado, algunas prácticas que claramente ofrecen beneficios importantes no están ampliamente disponibles en los hospitales de Estados Unidos.
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Muchas mujeres no reciben información adecuada sobre los beneficios y los riesgos de determinados procedimientos, medicamentos, pruebas y tratamientos, ni sobre las alternativas disponibles.
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A menudo, las mujeres embarazadas desconocen su derecho legal a tomar decisiones sobre la atención sanitaria tanto para ellas mismas como para sus bebés, y no ejercen dicho derecho.
Debemos garantizar que todas las mujeres en edad fértil tengan acceso a información y atención basadas en las mejores pruebas científicas disponibles en la actualidad, y que comprendan y tengan la oportunidad de ejercer su derecho a tomar decisiones sobre su atención sanitaria. Las mujeres cuyos derechos se vean vulnerados deben poder acceder a recursos legales o de otro tipo para resolver sus reclamaciones.
Los veinte derechos de las mujeres embarazadas
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Todas las mujeres tienen derecho a recibir atención sanitaria antes, durante y después del embarazo y el parto.
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Todas las mujeres y todos los lactantes tienen derecho a recibir una atención que se ajuste a la evidencia científica actual sobre los beneficios y los riesgos.* Las prácticas cuya seguridad y beneficios estén demostrados deben aplicarse cuando estén indicadas. Deben evitarse las prácticas perjudiciales, ineficaces o innecesarias. Las intervenciones no demostradas solo deben utilizarse en el marco de la investigación para evaluar sus efectos.
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Toda mujer tiene derecho a elegir entre una comadrona o un médico como profesional sanitario que le preste asistencia durante el embarazo. Se necesitan tanto profesionales especializados en partos normales como en complicaciones para garantizar una atención de calidad para todas.
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Toda mujer tiene derecho a elegir el lugar donde dar a luz entre toda la gama de opciones seguras disponibles en su comunidad, basándose en información completa y objetiva sobre los beneficios, los riesgos y los costes de dichas opciones.*
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Toda mujer tiene derecho a recibir la totalidad o la mayor parte de la atención durante el embarazo por parte de un único profesional sanitario o de un pequeño grupo de profesionales con los que pueda establecer una relación. Toda mujer tiene el derecho legal a dejar a su profesional sanitario encargado de la atención durante el embarazo y elegir a otro si no está satisfecha con la atención recibida.*
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Toda mujer tiene derecho a recibir información sobre la identidad profesional y la cualificación de las personas que participan en su atención, así como a saber cuándo dichas personas son estudiantes en prácticas.*
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Toda mujer tiene derecho a comunicarse con el personal sanitario y a recibir toda la atención en un entorno de privacidad, lo que puede implicar la exclusión del personal no esencial. Asimismo, tiene derecho a que toda su información personal se trate de acuerdo con las normas de confidencialidad.*
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Toda mujer tiene derecho a recibir atención prenatal que identifique y aborde los factores sociales y conductuales que afectan a su salud y a la de su bebé.** Debe recibir información que le ayude a cuidar lo mejor posible de sí misma y de su bebé, y tener acceso a servicios sociales y programas de cambio de conducta que puedan contribuir a su salud.
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Toda mujer tiene derecho a recibir información completa y clara sobre los beneficios, los riesgos y los costes de los procedimientos, medicamentos, pruebas y tratamientos que se le ofrecen, así como sobre todas las demás opciones razonables, incluida la de no someterse a ninguna intervención.* Debe recibir esta información sobre todas las intervenciones que es probable que se le ofrezcan durante el parto y el alumbramiento con suficiente antelación al inicio del parto.
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Toda mujer tiene derecho a aceptar o rechazar procedimientos, medicamentos, pruebas y tratamientos, y a que se respeten sus decisiones. Tiene derecho a cambiar de opinión.* (Este derecho legal reconocido ha sido cuestionado en varios casos recientes.)
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Toda mujer tiene derecho a ser informada si sus cuidadores desean inscribirla a ella o a su bebé en un estudio de investigación. Debe recibir información completa sobre todos los beneficios y riesgos conocidos y posibles de la participación, y tiene derecho a decidir si desea participar, sin coacción alguna y sin que ello le acarree consecuencias negativas.*
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12. Toda mujer tiene derecho a acceder sin restricciones a todos los registros disponibles sobre su embarazo, el parto, el nacimiento, la atención posparto y su bebé; a obtener una copia completa de dichos registros; y a recibir ayuda para comprenderlos, si fuera necesario.*
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Toda mujer tiene derecho a recibir una atención materna adecuada a su origen cultural y religioso, así como a recibir información en un idioma en el que pueda comunicarse.*
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Toda mujer tiene derecho a que los familiares y amigos que ella elija estén presentes en todas las fases de su atención durante el embarazo.**
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Toda mujer tiene derecho a recibir apoyo social, emocional y físico continuo durante el parto y el nacimiento por parte de un profesional sanitario que haya recibido formación en asistencia al parto.**
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Toda mujer tiene derecho a recibir información completa y previa sobre los riesgos y beneficios de todos los métodos razonablemente disponibles para aliviar el dolor durante el parto y el nacimiento, incluidos los métodos que no requieren el uso de fármacos. Tiene derecho a elegir qué métodos se utilizarán y a cambiar de opinión en cualquier momento.*
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Toda mujer tiene derecho a moverse libremente durante el parto, sin que le lo impidan tubos, cables u otros aparatos. También tiene derecho a dar a luz en la posición que elija.*
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Toda mujer tiene derecho a un contacto prácticamente ininterrumpido con su recién nacido desde el momento del parto, siempre y cuando tanto ella como su bebé gocen de buena salud y no necesiten cuidados que requieran la separación.**
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Toda mujer tiene derecho a recibir información completa sobre los beneficios de la lactancia materna con suficiente antelación al parto, a rechazar los biberones de complemento y otras prácticas que interfieran en la lactancia materna, y a tener acceso a un apoyo especializado en lactancia durante todo el tiempo que decida amamantar.**
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Toda mujer tiene derecho a decidir, de forma conjunta con el personal sanitario, cuándo ella y su bebé abandonarán el centro de parto para volver a casa, en función de su estado y sus circunstancias.**
* En la actualidad, en Estados Unidos, las mujeres en edad fértil gozan legalmente de estos derechos.
** Es probable que el ordenamiento jurídico respete estos derechos.
© 1999, 2006 Childbirth Connection. Reproducido con permiso.